Octubre 17 de 2018
Sobre este debate, el concejal Pedro Nilson Amaya, autor de la proposición, denunció que la secretaria realizó un presunto manejo indebido de los recursos en el contrato interadministrativo No. 249 de 2017, suscrito con la Universidad Industrial de Santander, ocasionando detrimento patrimonial para el municipio de Bucaramanga e incumpliendo con los fines esenciales del Estado, por lo que presentará la respectiva denuncia ante los entes fiscales.
Además, el concejal resaltó que la secretaria posiblemente incursa en algunas causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Constitución y la Ley, debido a que su esposo forma parte de la misma Junta Directiva. En efecto, la Secretaría de Salud y Medio Ambiente aceptó mediante comunicado que se haría la investigación y delegó al asesor de despacho de dicha Secretaría.
Por su parte, Adriana García-Herreros aclaró que había solicitado un concepto de su presunta inhabilidad a la Oficina Jurídica, la cual confirmó que no lo estaba. Sin embargo, anunció que su investigación se encuentra en la etapa de indagación preliminar ante la Personería Municipal, por lo que se decidió retirarla temporalmente de la Junta Directiva para darle transparencia a su proceso mientras se decide judicialmente y así, darle mayor claridad al concepto.
Para finalizar, el concejal Jorge Flórez afirmó que “la Personería Municipal es quien decide su inhabilidad por ser secretaria del municipio. (…) Adriana ha sido honesta porque ha informado públicamente su presunta inhabilidad.”, y declaró que quien denunció estos hechos anteriormente ante la Contraloría Municipal fue el alcalde Rodolfo Hernández y no el concejal Pedro Nilson Amaya, como se había anunciado. Así pues, le solicita a la secretaria que estos escenarios no se prolonguen, sino que se avance en el cumplimiento de los contratos y convenios, en pro de la salud de los bumangueses.
Además, el concejal resaltó que la secretaria posiblemente incursa en algunas causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Constitución y la Ley, debido a que su esposo forma parte de la misma Junta Directiva. En efecto, la Secretaría de Salud y Medio Ambiente aceptó mediante comunicado que se haría la investigación y delegó al asesor de despacho de dicha Secretaría.
Por su parte, Adriana García-Herreros aclaró que había solicitado un concepto de su presunta inhabilidad a la Oficina Jurídica, la cual confirmó que no lo estaba. Sin embargo, anunció que su investigación se encuentra en la etapa de indagación preliminar ante la Personería Municipal, por lo que se decidió retirarla temporalmente de la Junta Directiva para darle transparencia a su proceso mientras se decide judicialmente y así, darle mayor claridad al concepto.
Para finalizar, el concejal Jorge Flórez afirmó que “la Personería Municipal es quien decide su inhabilidad por ser secretaria del municipio. (…) Adriana ha sido honesta porque ha informado públicamente su presunta inhabilidad.”, y declaró que quien denunció estos hechos anteriormente ante la Contraloría Municipal fue el alcalde Rodolfo Hernández y no el concejal Pedro Nilson Amaya, como se había anunciado. Así pues, le solicita a la secretaria que estos escenarios no se prolonguen, sino que se avance en el cumplimiento de los contratos y convenios, en pro de la salud de los bumangueses.
El concejal Pedro Nilson Amaya, denunció que la secretaria realizó un presunto manejo indebido de los recursos en el contrato interadministrativo No. 249 de 2017. /CORTESÍA CONCEJO DE BUCARAMANGA. |
Acta 161
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ACTA DEL
CONCEJO: 161
AUTORES
(ES):
Pedro Nilson Amaya – Partido Opción Ciudadana
PARTIDOS
CITANTES: Opción Ciudadana, MAIS, Liberal.
CITADOS:
Cargo
|
Respuesta
al cuestionario
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Secretaria de Salud y Ambiente
|
Consulte aquí:
|
INVITADOS: Ninguno.
CUESTIONARIO
ENVIADO
Situación contratos de la secretaria de Salud
Secretaría de Salud y Ambiente
Referente al
Contrato Interadministrativo No 249 del 24 de Agosto de 2017, suscrito entre la
Secretaría de Salud del Municipio de Bucaramanga y la Universidad Industrial de
Santander, sírvase responder las siguientes inquietudes:
1. Acerca de la obligación No 11 del contrato "Diseñar y entregar carnet materno
infantil como estrategia de identificación y seguimiento de las valoraciones
elaborado en material resistente a la intemperie con su respectiva
chuspa", como se realizó la
ejecución y entrega de los 3000 carnet como consta en el contrato.
2.
Informar si la UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER UIS implementó una Sala
Materna en la UIMIST o en el Hospital del Norte. ¿Dónde está
localizada y de qué consta? Así mismo, solicito me
informe de cuánto fue el
valor invertido en dicha sala.
3.
¿Cuál es el diseño y distribución y entrega de Carnet maternos, para el
programa de Control Prenatal?, que profesionales realizaron dicho diseño y
cuanto fue sus honorarios por ese servicio?
4. Informar que soportes existen de acuerdo a la obligación No
18 del contrato, en cuanto a la..."realización de 2 eventos masivos de madres gestantes, niños y
niñas para realizar atención en salud y jornadas de promoción y prevención.
Producto: actas, planillas de asistencia y convocatoria de los dos
eventos".
5.
En
virtud a la obligación No 20 “diseñar, socializar y divulgar las rutas de atención de gestantes, en
situación de vulnerabilidad de derechos. Producto: rutas de atención
elaboradas. Actas, planillas y fotografías de la socialización de las rutas. ¿Cuál fue el mecanismo y/o la estrategia utilizada para
realizar la divulgación y socialización de la misma?
6. En cuanto a la obligación No 17 del contrato
249 de 2017, informar de que constaba el KIT madre canguro entregados a la
población objeto del contrato; e informar los valores unitarios del mismo con
su respectivo soporte equivalente a la factura por compra de los mismos.
La Secretaría de Salud y
Ambiente del Municipio de Bucaramanga asistió a las diferentes sesiones de la
Junta directiva de la ESE - ISABU, encontrándose presuntamente en una causal de
inhabilidad y/o incompatibilidad derivada de la calidad de socio minoritario
que tiene su cónyuge con una clínica de la ciudad; ¿porque cinco (5) meses
después de su posesión informa al señor Alcalde y pone en conocimiento la
posible existencia de una situación personal que la imposibilitaría para ser
miembro de la Junta Directiva de la ESE - ISABU?.
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